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jueves, mayo 22, 2025

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Confirman imputaciones a la exdiputada Anabela Lucero y su pareja: embargo millonario y restricciones judiciales

El Tribunal de Impugnación de San Luis ratificó las imputaciones por delitos de corrupción contra la exdiputada Anabela Lucero, su pareja Joaquín Beltrán —actual legislador provincial— y otros tres exfuncionarios vinculados al Molino Fénix y la Casa de la Música. El fallo se conoció este miércoles, tras la audiencia realizada el pasado 10 de abril, donde las defensas de los imputados habían apelado la formulación de cargos y solicitado revisar las medidas de coerción impuestas.

La resolución confirma la acusación por peculado, administración fraudulenta, malversación de caudales públicos y abuso de autoridad, todos en calidad de autor, para Lucero y Beltrán. Según la investigación, se habrían utilizado bienes públicos, instalaciones y personal del Molino Fénix para actividades personales y partidarias, entre ellas durante la campaña electoral en la que Lucero fue candidata a intendenta de Villa Mercedes.

El Tribunal también confirmó un embargo por 300 millones de pesos para ambos, aunque resolvió levantar la inhibición general de bienes. En cuanto a los otros tres imputados —Exequiel Scarel, Enzo Lucero y Diego Torres— se mantuvieron las medidas restrictivas, pero el embargo fue reducido a 50 millones de pesos. En el caso de Scarel, además, se desestimó uno de los dos hechos por los que se le habían formulado cargos.

A todos los imputados se les impusieron restricciones que incluyen la prohibición de acercarse a menos de 200 metros del Molino Fénix, la Casa de la Música y el Museo Gatica; la prohibición de salir de la provincia o del país sin autorización judicial durante cuatro meses; la obligación de firmar el libro en Fiscalía entre los días 1 y 10 de cada mes, y la entrega de sus pasaportes.

Por otro lado, el Tribunal rechazó el recurso presentado por Fiscalía de Estado y el Ministerio Público Fiscal para que uno de los hechos fuera tipificado como robo calificado y en banda. En su lugar, se ratificó la calificación legal de peculado por sustracción, tal como lo había resuelto inicialmente el juez Santiago Ortiz.

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