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lunes, octubre 13, 2025

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Merlo: Condenado a ocho años de prisión por abusar de la nieta de su pareja

En un fallo unánime, el Tribunal de la Sala Penal de la Tercera Circunscripción Judicial, con sede en Concarán, condenó a un hombre a ocho años de prisión por el delito de abuso sexual simple agravado en perjuicio de la nieta de su pareja. Los hechos ocurrieron entre 2020 y 2021, cuando la víctima tenía siete años. Tras conocerse la sentencia este miércoles por la tarde, el tribunal ordenó su inmediata detención y traslado al Servicio Penitenciario Provincial.

La identidad del condenado y de la víctima se mantiene en reserva para proteger a la menor y evitar su revictimización. La causa se desarrolló con enfoque en la protección integral de los derechos de la infancia, incluyendo la reproducción del testimonio de la niña mediante Cámara Gesell y la declaración de testigos en la jornada final del juicio.

Durante los alegatos, la fiscal Débora Roy Gitto solicitó la pena de ocho años de prisión, basándose en agravantes como el aprovechamiento del vínculo de confianza, el contexto doméstico, la corta edad de la víctima y su vulnerabilidad emocional. La defensora de Niñez, Adolescencia e Incapacidad, Gabriela L’Huillier, adhirió al pedido e incorporó el daño psicológico causado como agravante. La querella, representada por la abogada Antolina Ramallo Chaboux, también coincidió con esa posición. Por su parte, el Defensor Oficial Penal N.º 2, Francisco Pérez, pidió la absolución del imputado.

Los hechos denunciados ocurrieron cuando la menor quedaba al cuidado de su abuela y la pareja de esta mientras sus padres trabajaban. Según la acusación, durante ese período el hombre cometió actos de tocamientos y besos sin consentimiento, constituyendo abuso sexual simple, tal como lo establece el Código Penal Argentino.

La sentencia se dictó conforme al artículo 197 del Código Procesal Penal de San Luis, el cual establece el principio de congruencia: los tribunales no pueden imponer una calificación legal ni una pena mayor a la solicitada por la Fiscalía. De esta manera, se garantizó el derecho a defensa y que el fallo se ciñera estrictamente a lo debatido en el juicio.

Este veredicto sienta un precedente en la jurisdicción y reafirma la importancia de juzgar con perspectiva de género e infancia, actuando con celeridad y firmeza ante casos de violencia sexual.

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